EL MATRIMONIO






















CCE 1601: La alianza matrimonial, por la que el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida,




















Ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole, fue elevada por Cristo nuestro Señor a la dignidad de sacramento entre bautizados

















Gran parte de los aspectos éticos del matrimonio y del estado matrimonial caen dentro de la ética natural








Lo que añade el sacramento son sus efectos sobrenaturales




El matrimonio de los cristianos es esencialmente igual a la de los demás hombres























CONSISTE EN EL MUTUO ACUERDO DE LOS QUE SE CASAN




















La Iglesia tiene competencia sobre el matrimonio de los cristianos por el hecho de que para ellos constituye un sacramento





















A la Iglesia le atañe regular el matrimonio entre cristianos

.La forma concreta de contraerlo

-Determinación de los obstáculos para contraerlo (impedimentos)

-Determinación de la manera de removerlos (dispensas)























Las declaraciones de la Iglesia sobre lo que es de derecho natural no afectan sólo al matrimonio cristiano



















Unidad, indisolubilidad del matrimonio, ilicitud de prácticas anticonceptivas no es una enseñanza sólo para católicos





















El católico se somete a la ley de la Iglesia pero se somete ante
todo a la ley natural























Del Catecismo Romano: el matrimonio es la unión marital de un hombre y una mujer, entre personas legítimas, formando una comunidad indivisa de vida


Unión: Establecimiento de un vínculo

Marital:Entregando y recibiendo el derecho mutuo a la unión física, que de por sí, es apta para engendrar

Un hombre y una mujer

Legítima:Puede haber personas que por ley natural o positiva no pueden contraer matrimonio o no lo pueden hacer con una persona determinada

Indivisa:Indisoluble

De vida:Comunión de vida doméstica: domicilio, mesa y lecho. Unión de voluntades por la caridad y deseo de actuar en común














Lo esencial del matrimonio

Esencialmente al contraer matrimonio se formaliza un contrato y el objeto de este contrato es el modo de vida marital




















Cada uno de los cónyuges debe pretender el derecho mutuo, exclusivo y perpetuo sobre el cuerpo del otro en orden a la generación




















Si se excluyera sería nulo el matrimonio

Pero para la validez del contrato no importa si este derecho mutuo es ejercido
































Institución divina del matrimonio






















Aparece en Génesis estrechamente relacionada con la misma creación del hombre























CCE 1605: … el hombre y la mujer fueron creados el uno para el otro























El amor mutuo entre ellos se convierte en imagen del amor absoluto e indefectible con que Dios ama al hombre.




















CCE 1603: existe en todas las culturas un cierto sentido de la grandeza de la unión matrimonial


















CCE 1606: Pero, en todo tiempo la unión de hombre y mujer vive amenazada:la discordia, el espíritu de dominio, la infidelidad, los celos y conflictos pueden llevar al odio y la ruptura








































En Israel:Poligamia en patriarcas y reyes, repudio de la mujer























Los profetas fueron preparando la conciencia del pueblo elegido para una comprensión más profunda de la unidad e indisolubilidad del matrimonio























CIC 1056: Las propiedades esenciales del matrimonio son la unidad y la indisolubilidad, que en el matrimonio cristiano alcanzan una particular firmeza por razón del sacramento























La unidad del matrimonio

La poligamia es totalmente ilícita, por derecho divino natural y por derecho divino positivo

La muerte de uno de los cónyuges hace lícitas las ulteriores nupcias, como se lee en San Pablo






















CIC 1134: del matrimonio válido se origina para los cónyuges un vínculo perpetuo y exclusivo por su misma naturaleza























Queda fuera del concepto de matrimonio cualquier clase de unión que excluya la perpetuidad























CIC 1141: El matrimonio rato es decir contraído, ratificado y consumado (habiéndose hecho uso de él al menos una vez) es indisoluble por ley de Dios
























La apertura a la fecundidad























Por su propia naturaleza, el matrimonio y el amor conyugal están ordenados a la procreación y educación de la prole
Los hijos son el don más excelente del matrimonio
Y contribuyen sobremanera al bien de los mismos padres



La fecundidad de la vida conyugal se extiende a los frutos de la vida moral, espiritual y sobrenatural que los padres transmiten a sus hijos por medio de la educación























La ayuda de la gracia

CCE 1608: Para sanar las heridas del pecado, el hombre y la mujer necesitan la ayuda de la gracia














CCE 1613: La Iglesia concede gran importancia a la presencia de Jesús en la bodas de Caná.

Ve en ella la confirmación de la bondad del matrimonio signo eficaz de la presencia de Cristo























EL MATRIMONIO ENTRE BAUTIZADOS ES UN SACRAMENTO























CIC 1055: la alianza matrimonial … fue elevada por Cristo a la dignidad de sacramento entre bautizados de tal manera que entre bautizados no puede haber contrato matrimonial válido que no sea por eso mismo sacramento























(Ef 5, 22-32) … Sacramento grande éste, pero entendido en Cristo y en la Iglesia























El matrimonio, vocación divina y camino de santidad























San Josemaría en “Es Cristo que Pasa ”: El matrimonio no es, para un cristiano, una simple institución social, ni mucho menos un remedio para las debilidades humanas: es una auténtica vocación sobrenatural

Los casados están llamados a santificar su matrimonio y a santificarse en esa unión; cometerían un grave error si edificaran su conducta espiritual a espaldas y al margen de su hogar

El amor puro y limpio de los esposos es una realidad santa que yo, como sacerdote, bendigo con las dos manos























Quién puede recibir el sacramento del matrimonio























Cualquier bautizado que no tenga ningún impedimento























Se ha de recibir en estado de gracia

Si se recibe en pecado mortal El contrato es válido. Pero se comete un nuevo pecado mortal. Los efectos sobrenaturales quedan impedidos. Reviven al recuperar la gracia de Dios























Efectos del sacramento del matrimonio

Gracia santificante

Gracia sacramental: destinada a perfeccionar el amor de los cónyuges, a fortalecer su unidad indisoluble

Unas gracias actuales con las que se ayudan mutuamente a santificarse con la vida matrimonial conyugal y en la acogida y educación de los hijos (CCE 1641)
























Ministro del sacramento del matrimonio

Los propios esposos.

Se confieren mutuamente el sacramento del matrimonio al expresar ante la Iglesia su consentimiento























El obispo o el párroco es testigo cualificado y activo, que debe solicitar de los contrayentes la manifestación externa de su consentimiento y recibir esta manifestación en nombre de la Iglesia

Pueden delegar en otro sacerdote o un diácono
























La ceremonia























Normalmente dentro de la misa

Por relación de todos los sacramentos con el misterio pascual de Cristo

Pero se puede celebrar sin misa

Las diversas liturgias son ricas en oraciones de bendición, pidiendo a Dios su gracia y bendición sobe la nueva pareja, especialmente sobre la esposa























EL CONSENTIMIENTO MATRIMONIAL























Lo que causa el matrimonio es el consentimiento de las partes, entre personas hábiles según derecho, y manifestado legítimamente Es el acto de voluntad por el cual el varón y la mujer se entregan y se aceptan mutuamente en alianza irrevocable para constituir el matrimonio.

Ninguna autoridad humana puede suplir este consentimiento























Para su validez, el consentimiento matrimonial ha de ser

-verdadero

-libre y deliberado

-de presente

-mutuo y simultáneo

-manifestado externamente

-legítimamente (según los requisitos del derecho eclesiástico)

-sin condiciones


-




















Desde Trento, sólo válido si ante el párroco o el ordinario del lugar























El consentimiento resulta nulo si es

-condicionado contra la esencia del matrimonio

-con ignorancia o error substancial de la naturaleza del matrimonio-

con error sobre la identidad de la persona

-con error sobre una cualidad importante de la persona

-con engaño para inducir el consentimiento

-causado por un miedo grave


-




















Los impedimentos matrimoniales

Orientados a proteger o asegurar:

-La deliberación o la libertad del consentimiento (Falta de edad, El rapto)

-Que se pueda cumplir con lo que es el objeto del matrimonio (Impotencia o imposibilidad de realizar naturalmente el acto conyugal, Estar ya casado, Haber recibido órdenes sagradas,Voto público y perpetuo de castidad en un instituto religioso)

-Las relaciones de intimidad en el seno de la familia (Impedimentos de parentesco)

-Orientados a proteger o asegurar la fe del cónyuge católico y la educación de los hijos.























Las dispensas

Algunos impedimentos desaparecen de forma natural- Otros requieren dispensa que concede el obispo diocesano - Algunas son reservadas a la Sede Apostólica























Algunos casos de disolución del vínculo matrimonial























El privilegio Paulino

Caso de bautismo de uno de los cónyuges en un matrimonio de infieles y el otro no quiere cohabitar pacíficamente























El privilegio Petrino

Caso de bautismo de un casado con varias mujeres no bautizadas. Puede quedarse como legítima una de ellas, no necesariamente la primera























El Papa posee poder para dispensar del matrimonio rato (contraído) pero no consumado























La separación de los cónyuges























Por causas proporcionadas se puede hacer legítimamente la separación física de los cónyuges, en cuanto a lecho y casa

Pero no dejan de ser marido y mujer delante de Dios.

No son libres para contraer una nueva unión

La separación la concede el juez eclesiástico























El divorcio

La disolución del vínculo matrimonial pronunciada por la autoridad civil esmun acto de por sí nulo ante Dios























No pueden acceder a la comunión eucarística

Atención especial a los que conservan su fe y desean educar cristianamente a sus hijos

En la penitencia, la absolución sólo a aquellos que se comprometen a vivir en total continencia